miércoles, 10 de mayo de 2017

La verdadera opción constituyente es esta. (Segunda parte).

El tema de la constituyente resulta difícil de digerir, lo admito: Primero porque se trata de la idealización constitucional del camino posible a elegir y a ejercitar, y luego, -reconozcámoslo-, porque con un CNE que actúa como apéndice del presidente y su círculo intimo de poder, toda iniciativa soberana se hace a contra corriente de la inmoralidad que se viene como rio desbordado montaña abajo, por quienes en principio estaban llamados a preservar la Democracia y las instituciones mediante el ejercicio pleno de la Constitución.
Les digo que justo estaba reflexionando sobre el tema cuando Maduro huyó hacia adelante con este hibrido constituyentista redactado a imagen y semejanza de todo su entorno: Falso e hipócrita, por ser ante todo, incapaz de respetar ni siquiera el legado de su mentor.
Creo que por esto mismo, algunas preguntas estarán flotando en el aire y requieren de respuestas:
1.- ¿Por qué Maduro llama a una constituyente y no a un referéndum?
R: Porque conocidas las tendencias de opinión pública (ver las encuestas de los últimos años), y unidas estas a un rechazo importante incluso entre los sectores más leales al mensaje del extinto líder, resultaría consecuentemente cualquier consulta al soberano en pleno, una especie de suicidio político, que devendría rápidamente en su destitución vía revocatorio presidencial o algún mecanismo que ofreciera el mismo resultado (su salida del poder). Lo correcto es, -como hizo Chávez-, llamar a consulta popular sobre aspectos puntuales, si lo que en verdad se quiere es reformar algo en la constitución. Esto es precisamente lo que hace que el argumento Nro. 1 dado en su decreto de llamado a su constituyente, sea débil y contradictorio, dejando ver lo innecesario del llamado en sí.
2.- ¿Si el soberano está solo en medio de un gobierno abiertamente autócrata, como puede ejercer el art. 350 sin terminar arrasados por quienes gobiernan?
R: Esta es una pregunta que solo entre todos podemos contestar: puede el pueblo ejercerlo (el articulo), aunque ciertamente podría ser severamente castigado en el proceso por la dictadura madurista con el amparo militar. Como las matemáticas están a nuestro favor (somos millones contra miles), la gente debe decidir, y elegir el camino a tomar una vez ocurrido esto.
Es claro que si no nos gusta luchar por lo nuestro por aquello de no contar las bajas que ocurrirían, es porque en realidad no somos un pueblo pacífico, sino un pueblo cobarde, incapaz de decidir su propio destino.

3.- ¿Qué podemos cambiar realmente en la constitución vigente desde el 1999?
R: Primero hay que decir que la constituyente aprobada en referéndum, es distinta en algunos puntos a la que salió de la Asamblea Constituyente originaria. Eso hay que revisarlo.

4.- ¿Qué podríamos señalar como aspecto a corregir y mejorar en la carta magna?
Por aspectos que pudieron irse verificando sobre la marcha, una vez aprobada y publicada la constitución, o bien por puntos específicos que fueron forzados al cambio durante el segundo llamado a referéndum consultivo, aprovechándose de sus atribuciones hiper-presidencialistas (de manera antiética por demás, por haber violentado el mandato de la constitución misma), lo cierto es que ésta contiene un conjunto de artículos y numerales que deben ser modificados si queremos corregir y aclarar el rumbo republicano:
La reelección indefinida (eliminarla)
Los 6 años de mandato (reducirla)
La ambigüedad del 350 (aclarar su mecanismo de acción)
La limitación de la pena por crímenes a solo 30 años (aumentarla a cadena perpetua para ciertos crímenes)
El exacerbado régimen presidencialista (aumentar el peso de la Asamblea Nacional y las demás instituciones, así como la descentralización de competencias, para que el “equilibrio de los poderes”, refleje realmente la justicia social que buscamos para todos)
La figura del vicepresidente (o eliminar la capacidad del presidente para disolver la Asamblea Nacional en caso de que le lleve la contraria hasta tres veces)
La rigidez con el asunto del tipo de moneda a circular (permitir la circulación de otras)
La ambigüedad que permite al TSJ ser juez y parte (no puede permitirse nuevos conflictos que partan de un tribunal sobre el cual no se tiene control ético constitucional, ni siquiera en la asignación de sus jueces)
La discrecionalidad en la elección de las autoridades del CNE, Defensoría, Contraloría, y Fiscalía (restablecer la selección vía íntegramente constitucional)
La proporcionalidad en la representación y protagonismo político para los diferentes estados, municipios y centros poblacionales. (restablecerla)
Sustituir la elección presidencial del “50+1” (por mecanismos de mayor consenso, tipo segunda vuelta).
Debe quedar absolutamente claro, que sin la consideración de las desviaciones enumeradas aquí, -entre otras-, difícilmente podría optimizarse el rumbo democrático del país, careciendo alternativamente entre nosotros de una dosis de decencia y honradez que resulta inalcanzable en la actualidad.
Depende de nosotros traspasar las limitaciones manifestadas por ambos bandos políticos hasta el presente, para comprender que en el marco legal legítimo de la República, hay aún suficientes herramientas para la rectificación nacional; rectificación que llegará forzosamente unicamente cuando el consenso se produzca entre las inmensas mayorías y minorías desatendidas, para dar pie no a una marcha de la MUD, sino más bien y en buena hora entonces, a una marcha de una circunstancial pero decisiva “Coalición de la Democracia Social Bolivariana”, donde sectores antes contrarios entre ellos, sumados a quienes no han compartido extremo alguno de la política venezolana, sintieran que el acuerdo honorable existe, para levantar de entre las runas, los pilares de la nación que aun podemos construir.

No hay comentarios: