miércoles, 20 de julio de 2016

El CNE y la inmoralidad que rebozada desde Miraflores, recorre impune sus pasillos.

El artículo 72 de la CRBV es sumamente claro y no deja espacios para interpretaciones:
Artículo 72. °
Todos los cargos y magistraturas de elección popular son revocables.
Transcurrida la mitad del período para el cual fue elegido el funcionario o funcionaria, un número no menor del veinte por ciento de los electores o electoras inscritos en la correspondiente circunscripción podrá solicitar la convocatoria de un referendo para revocar su mandato.
Cuando igual o mayor número de electores o electoras que eligieron al funcionario o funcionaria hubieren votado a favor de la revocación, siempre que haya concurrido al referendo un número de electores o electoras igual o superior al veinticinco por ciento de los electores o electoras inscritos o inscritas, se considerará revocado su mandato y se procederá de inmediato a cubrir la falta absoluta conforme a lo dispuesto en esta Constitución y en la ley.
La revocación del mandato para los cuerpos colegiados se realizará de acuerdo con lo que establezca la ley.
Durante el período para el cual fue elegido el funcionario o funcionaria no podrá hacerse más de una solicitud de revocación de su mandato.

No traigo este artículo meramente por recordarlo en momentos en que ya todos saben que el gobierno y el CNE abiertamente se han parcializado hacia el no cumplimiento de este mandato constitucional, en franco golpe al establecimiento republicano. Lo hago porque hay una pregunta que moralmente nos muestra una respuesta muy contundente desde la perspectiva de la ética más elemental que debe exhibir y practicar un servidor público, pero que sugiere otra muy distinta cuando de política en Venezuela se trata:
¿Y si llamado el proceso para recabar el 20% de firmas, resulta que la masa de población que solicita el revocatorio del mandato de Nicolás Maduro supera incluso en número de votos que obtuvo en su cuestionada elección (7.563.747)…?
Referencia: http://www.cne.gob.ve/web/sala_prensa/noticia_detallada.php?id=3171
Considerando que según la misma carta magna, “la soberanía reside en el pueblo”, se antoja que semejante expresión de soberanía, manifestada mediante una auditada voluntad del pueblo a través de los “modernos mecanismos” que posee el CNE actual para ratificar la veracidad de la misma, debería implicar inmediatamente una profunda reflexión moral en el ejecutivo nacional, y por mero impulso ético, -aun sin darse en si mismo el formalismo del revocatorio-, éste (Nicolás Maduro), debería renunciar, ante la realidad aplastante de ver como más gente de la que votó por él, quiere que renuncie y haya un cambio total de gobierno.
El artículo 72 indica claramente que para un gobierno dado, “pasado la mitad del periodo para el que fue elegido”, el soberano puede solicitar el revocatorio del mismo; esto significa que los argumentos del propio gobierno, acerca de que “tenían que haberlo pedido en enero”, son solo falacias.

No es necesario escribir más sobre esto; SI LLAMADO EL PROCESO DEL 20% DE LAS FIRMAS + HUELLAS, ASISTEN MÁS DE 7.600.000 PERSONAS, NICOLÁS MADURO DEBE CONSIDERARSE REVOCADO Y CONSECUENTEMENTE, DECLARAR RENUNCIA INMEDIATA AL CARGO.

Comentario adicional: Les digo que la única forma en que Nicolás Maduro y el gobierno Chavista pueden demostrar que no estamos en dictadura, es haciendo el revocatorio y ceder el poder en caso de perder dicho referéndum.
Tras 17 años de hegemonía absoluta, y de una forma descarada de hacer política y oposición, no hay opción posible constitucionalmente accesible, ni moralmente aceptable.

Si la impunidad sigue, la debacle de todo lo erguido en este país continuará invariablemente su camino, y cuando mas lo modificará, será para acelerar y dejar todo en ruinas...

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